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Este Cmap, tiene información relacionada con: Fuentes_Derecho_Visigodos, decisiones judiciales empleándose como precedente, Las fuentes del Derecho en la Etapa Visigoda incorporaron en s. V y VI a las decisiones judiciales, costumbre siendo a principios del S. VII clasificados en mos, leges con aplicación en población romana, Constituciones imperiales limitándose el valor de los rescriptio, inseguridad jurídica combatida con la fijación de textos oficiales, Senado no requiriendo publicación en principales ciudades, Constituciones imperiales distintas a los antiguos iura, Las fuentes del Derecho en la Etapa Visigoda con la instauración del Regnum visigodo eran el ius civile, legislación romana principalmente bizantina, como el Digesto, colecciones de novellae siendo todas estas recopilaciones de difícil acceso, zonas rurales de las provincias con los derechos indígenas, leges acabándose por identificar con las constituciones, costumbre teniendo gran fuerza en zonas rurales de las provincias, derechos fundamentales buscaban el respaldo de la auctoritas del concilio, todo el Imperio que requerían publicación en principales ciudades, ius edicendi emanando también otras disposiciones como auctoritas, plenitudo potestatis pasando a dictar leges, población romana y población visigoda, Las fuentes del Derecho en la Etapa Visigoda fueron durante el s. V (Teodosio II) un modelo de recopilación desde Constatino los Codex