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Este Cmap, tiene información relacionada con: Titulo III Cap II, Reposición a su estado originario cuando Se causen daños o perjuicios a la Administración Pública o al medio ambiente, Desde 240.401 hasta 2.404.000 que prescriben en 3 años, Infracciones en materia de evaluación de impacto ambiental (Artículo 55) se clasifican en Muy graves, Órganos sustantivos en Proyectos privados autorizados por la Administración General del Estado, Sanciones y prescripciones (Artículo 56) pudiendo existir Indemnización por daños y perjuicios, Delito o falta se transferirá Tanto de culpa al Ministerio Fiscal, Ley de Evaluación Ambiental TÍTULO III CAPÍTULO II Régimen sancionador establece Sanciones y prescripciones (Artículo 56), Sanciones y prescripciones (Artículo 56) correspondientes a Sanciones muy graves, Se tiene conocimiento sobre Identidad del sujeto, Hecho infractor constituya Delito o falta, Potestad sancionadora (Artículo 53) corresponde a Órganos sustantivos, Procedimiento sancionador hasta Sobreseimiento, Sanciones muy graves con cuantías Desde 240.401 hasta 2.404.000, Sanciones y prescripciones (Artículo 56) analiza Daño al medio ambiente, Sanciones graves con cuantías Desde 24.000 hasta 240.401, Se tiene conocimiento sobre Hecho, Hecho y se trata de Hechos sancionables penal o administrativamente, Infracciones en materia de evaluación de impacto ambiental (Artículo 55) se clasifican en Leves, Infracciones en materia de evaluación de impacto ambiental (Artículo 55) en caso de Varias infracciones, Sanciones y prescripciones (Artículo 56) pudiendo existir Reposición a su estado originario