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Este Cmap, tiene información relacionada con: Titulo_1b, Los comprendidos en la evaluación ambiental estratégica simplificada cuando así lo determine el órgano ambiental, a solicitud del promotor, Evaluación de impacto ambiental simplificada se aplica a Los proyectos que, presentán- dose fraccionados, alcancen los umbrales del anexo II mediante la acumulación de las magnitudes o dimen- siones de cada uno de los proyectos considerados, Evaluación de impacto ambiental simplificada se aplica a Cualquier modificación de las características de un proyecto del anexo I o del anexo II, que pueda tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, Evaluación de impacto ambiental ordinaria se aplica a Cualquier modificación de las características de un proyecto consignado en el anexo I o en el anexo II, cuando dicha modifica- ción cumple, por sí sola, los umbrales establecidos en el anexo I, Evaluación ambiental estratégica simplificada se aplica a Los planes y programas que no cumplan los requisitos del procedimiento oridinario, Evaluación ambiental estratégica simplificada se aplica a Los planes y programas que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión, Los proyectos comprendidos en la evaluación de impacto ambiental simplificada cuando así lo solicite el promotor, Evaluación ambiental estratégica simplificada se aplica a Las modificaciones menores de los planes y programas, Los comprendidos en la evaluación ambiental estratégica simplificada cuando así lo decida caso por caso el órgano ambiental en el informe ambiental estratégico de acuerdo con los criterios del anexo V, Evaluación ambiental estratégica ordinaria o bien Los comprendidos en la evaluación ambiental estratégica simplificada, Planes, Programas y sus modficaciones cuando Establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental, Evaluación de impacto ambiental ordinaria se aplica a Los proyectos comprendidos en la evaluación de impacto ambiental simplificada, Los proyectos comprendidos en la evaluación de impacto ambiental simplificada cuando así lo decida caso por caso el órgano ambiental en el informe de impacto ambiental de acuerdo con los criterios del anexo III, Evaluación de impacto ambiental ordinaria se aplica a Los proyectos comprendidos en el anexo I, así como los proyectos que, presentándose fraccionados, alcancen los umbrales del anexo I mediante la acumulación de las magnitudes o dimensiones de cada uno de los proyectos considerados, Evaluación de impacto ambiental simplificada se aplica a Los proyectos del anexo I que sirven exclusiva o principalmente para desarrollar o ensayar nuevos métodos o productos, siempre que la duración del proyecto no sea superior a dos años, Ley de evaluación ambiental TÍTULO I Ámbito de aplicación procedimiento para Planes y Programas Evaluación ambiental estratégica simplificada, Evaluación ambiental estratégica ordinaria o bien Requieran una evaluación por afectar a espacios Red Natura 2000 en los términos previstos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, Evaluación de impacto ambiental simplificada se aplica a Los proyectos no incluidos ni en el anexo I ni el anexo II que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a Espacios Protegidos Red Natura 2000, Establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental se refieran a los siguientes usos del suelo usos del suelo, Cualquier modificación de las características de un proyecto del anexo I o del anexo II, que pueda tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente cuando suponga 1. Un incremento significativo de las emisiones a la atmósfera 2. Un incremento significativo de los vertidos a cauces públicos o al litoral 3. Un incremento significativo de la generación de residuos 4. Un incremento significativo en la utilización de recursos naturales 5. Una afección a Espacios Protegidos Red Natura 2000 6. Una afección significativa al patrimonio cultural